Educación Especial


Es aquella educación especialmente diseñada para atender las necesidades de los niños/as con impedimentos. Es individualizada y no depende de requisitos económicos. Tiene requisitos de términos de de tiempo y de procesos. Establece los derechos de los padres.
La ley 51 de 1996 y la ley federal 108-446 rigen los procesos de la provisión de servicios de educación especial. Ambas establecen las disposiciones para la identificación, evaluación, determinación de elegibilidad, PEI y ofrecimiento de servicios a niños/as con impedimentos desde su nacimiento hasta los 21 años, inclusive.
Rosa Colón Villot
rosacolon2127@yahoo.com

¿Qué es un acomodo razonable?

        Acomodos son  prácticas y procedimientos que proveen acceso equitativo durante la enseñanza y evaluación para estudiantes con impedimentos. 
    Los acomodos tienen la intención de reducir o quizás eliminar los efectos del impedimento en los estudiantes; no reduce las expectativas para el aprendizaje.
   Los acomodos que se le proveen al estudiante, tienen que ser los mismos para ser utilizados durante los procesos de enseñanza y las evaluaciones en la sala de clase. 

¿Qué servicios ofrece el Programa de Educación Especial?
  •  Evaluación y terapias.
  • Asistencia de un maestro de educación especial en el ambiente más apropiado.  (Salón regular, salón especial, hogar, hospital, Institución).
  • Transportación educativa.
  • Asistencia Tecnológica.
  • Otorgación de acomodos razonables.
  • Capacitación a los maestros sobre cómo trabajar con la condición del menor.
  • Educación Física Adaptada.
  • Educación en movilidad y orientación.
  • Educación en Braille.
  • Educación en lenguaje de señas.
  • Ofrecimiento de asistentes de servicios especiales al estudiante, entre otros.